Presentación


Estudio Jurídico ubicado en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, orientado a temas de Derecho Civil, Derecho Comercial, Defensa del Consumidor y Derecho Laboral.

Mediante este espacio buscamos difundir los distintos trabajos realizados por los integrantes de nuestro Estudio, con la esperanza que los mismos puedan ser de utilidad para nuestros clientes y amigos.

Dejamos abierta también una vía de comunicación a través de la cual pueden hacernos llegar sus inquietudes sobre temas inherentes a nuestras áreas de trabajo



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domingo, 3 de agosto de 2014

TRABAJADORES DE CASAS PARTICULARES

TRIBUNAL PARA EL PERSONAL DE CASAS PARTICULARES

Nueva sede en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires



A partir del próximo 4 de agosto, comenzará a funcionar en su nueva sede sita en Avenida Callao 110 y 124 de Capital Federal. En el horario de 9.00 a 13.30 horas.



Con el objetivo de garantizar un mejor servicio y organización, se informa que el ingreso a audiencias programadas - proceso contencioso - y de acuerdos espontáneos será por Avda. Callao 110 PB, en tanto la Mesa de Entradas del Tribunal - consulta de expedientes e inicio de causas - funcionará en el 1º piso del edificio, siendo su acceso por Avda. Callao 124.

 

Como se llega?

Por Subte Linea "A" bajar en Estación Congreso

Por Subte Linea "B" bajar en Estación Callao

Otras formas de llegar consultar (AQUI)



jueves, 23 de diciembre de 2010

EL DERECHO A LA SALUD MENTAL

Con fecha 3 de Diciembre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial de la Nación la Ley 26657  Ley Nacional de Salud Mental que derogó la Ley  22914 nacida bajo el ultimo gobierno de facto y que regia en la Capital Federal y en el Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártica e Islas del Atlántico Sur, quedando en aquel momento librado al criterio de cada provincia el dictar o no un régimen similar.-
Con esta ley de alcance nacional, se establece un régimen básico único  y de orden publico en todo el país, dejando a salvo todo lo que en mejora del mismo pudieren llegar a establecer los gobiernos locales, tanto el de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires como el de las Provincias.-(Ir a texto completo)